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Aclaración Nuevas Restricciones Salud Pública

La FAB aclara cómo afectan al baloncesto andaluz las nuevas restricciones y correcciones publicadas en el BOJA de hoy.


 

 

Tras la publicación en el día de hoy del BOJA 219 en el que se corrigen ciertos errores de la Orden de 8 de noviembre, la FAB, con objeto de aclarar los efectos de dichas correcciones en los entrenamientos y competiciones de los clubes andaluces, publica una circular aclaratoria, que se adjunta, y cuyos puntos más relevantes son los siguientes:

·      Movilidad:

o   Están autorizados desplazamientos para actividades deportivas federadas y competiciones oficiales a deportistas de categoría absoluta, entrenadores y árbitros federados, que deberán acreditarse con su licencia deportiva o certificado federativo.

o   Por tanto, las restricciones movilidad afectan a todas las categorías, a excepción de SENIOR PROVINCIAL, PRIMERA NACIONAL (N1) y competiciones FEB.

·      Categoría absoluta:

o   Se entiende por categoría absoluta aquella que agrupa a deportistas en la clasificación general de una competición deportiva, independientemente del grupo de edad al que pertenezca.

o   Por tanto, y según la legislación andaluza, se precisa que tendrán la consideración de categoría absoluta aquellos/as deportistas de edad senior, así como los que conforme el Reglamento General y de Competiciones de la FAB puedan participar en dicha categoría. En este sentido se facilitará desde la FAB el documento correspondiente justificativo para realizar el desplazamiento.

 

Se mantienen el resto de medidas comunicadas en la circular 28, y que recordamos a continuación:

·      Horarios de entrenamiento y competición:

o   Podrán entrenar y desarrollar actividades y competiciones deportivas los menores de 16 años hasta las 18:00 horas y desde los 16 años hasta la categoría absoluta antes de las 22:00 horas. Se recomienda adecuar los horarios de entrenamientos y partidos paa no superar el horario inidcado.

·      Aforo y público:

o   Competiciones provinciales: SIN PÚBLICO.

o   Competición Primera Nacional (N1):

§  Localidades con nivel 3 de alerta:

·      Instalaciones deportivas convencionales al aire libre: Aforo al 50%, hasta un máximo de 400 personas.

·      Instalaciones deportivas convencionales cubiertas: Aforo al 50%, hasta un máximo de 200 personas.

·      El público deberá permanecer sentado y con localidades preasignadas.

§  Localidades con nivel 4, grado 1, de alerta: SIN PÚBLICO.

·      Nivel de alerta 4, grado 2: En las localidades con este nivel de alerta:

o   Se podrá entrenar y desarrollar actividades y competiciones deportivas solo en la categoría absoluta y hasta antes de las 22:00 horas.

o   Se suspenderán los entrenamientos, competiciones y eventos deportivos para el resto de las categorías.

 

La FAB quiere expresar su disculpas por los posibles problemas que estas correcciones y el cambio legislativo producido hayan podido causar, poniendo a disposición de todos sus clubes y afiliados a todo el personal de la FAB, con el fin de solucionar cuantas dudas surjan por estas medidas que nos afectan en todas nuestras actividades diarias, y en particular en la práctica del baloncesto.

 

Mucho ánimo, prudencia y mucha responsabilidad por parte de todos.