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Modificada la regulación de las Entidades Deportivas de Andalucía

Los clubes andaluces deberán adaptar sus estatutos a la nueva regulación, para lo que tendrán un plazo de 18 meses



En el día de ayer, 15 de marzo, ha sido publicada en el BOJA número 49 el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, que desarrolla la vigente Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía. Se adjunta el citado Decreto.

 

Este Decreto modifica sustancialmente la regulación de las entidades deportivas andaluzas a fin de armonizarla y adaptarla a los requerimientos del deporte como fenómeno de múltiples vertientes, valores e importancia social, introduciendo novedades en relación con la licencia deportiva federativa y los títulos habilitantes, la creación de órganos como la "Comisión de Mujer y Deporte", el "Comisionado del Menor Deportista" o el "Comité de Transparencia y Buen Gobierno". Igualmente, se definen el régimen jurídico del Consejo Andaluz de Federaciones Deportivas y las funciones del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.

 

Cabe destacar que la Disposición adicional segunda establece lo siguiente: "Las entidades deportivas deberán modificar sus estatutos, códigos de buen gobierno y reglamentos adaptándolos a lo dispuesto en este decreto en el plazo de dieciocho meses desde su entrada en vigor. Transcurrido dicho plazo sin que se presentase la referida adaptación en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas se iniciará de oficio el procedimiento de cancelación de la inscripción de la entidad deportiva."